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Artículo · Compliance de IA · 6 de octubre de 2026

El Ómnibus no frena la regulación IA

Publiqué este artículo de opinión en Legal Today el 6 de octubre de 2026. La idea de fondo: el Ómnibus digital sobre IA solo ha movido los plazos del alto riesgo. Casi todo lo demás, incluido el artículo 50, que es el que más empresas va a tocar, sigue su calendario. Aquí tienes un resumen; el texto completo está en Legal Today.

Legal Today · Tribuna firmada · 6 de octubre de 2026Artículo original, firmado por Miriam Acerete.
Leer el artículo completo en Legal Today →

Un aplazamiento no es una amnistía

El Reglamento (UE) 2026/1744, conocido como Ómnibus digital sobre IA, es de 8 de julio de 2026, se publicó en el DOUE el 24 y entró en vigor el 27 de julio. Modifica el Reglamento de IA (UE) 2024/1689, pero solo mueve un examen de varios: el de los sistemas de alto riesgo.

SE APLAZA

El alto riesgo

Hasta el 2 de diciembre de 2027 para los sistemas del anexo III (empleo, biometría, educación) y hasta el 2 de agosto de 2028 para los integrados en productos regulados del anexo I.

NO SE MUEVE

Lo que ya está corriendo

Las prohibiciones del artículo 5 se aplican desde febrero de 2025, las obligaciones de los modelos de uso general desde agosto de 2025 y la transparencia del artículo 50 es exigible desde el 2 de agosto de 2026.

CAMBIA

La alfabetización en IA (art. 4)

Pasa de garantizar un nivel a exigir medidas para promoverla, sin imponer un nivel concreto a nadie.

SE AÑADE

Dos prohibiciones nuevas

Desde el 2 de diciembre de 2026: generar o manipular imágenes íntimas realistas de personas identificables sin su consentimiento, y generar material de abusos sexuales de menores.

El calendario, de un vistazo

FechaQué entra en juego
Febrero de 2025Prohibiciones del artículo 5.
Agosto de 2025Obligaciones de los modelos de uso general.
27 de julio de 2026Entra en vigor el Ómnibus digital sobre IA (Reglamento (UE) 2026/1744).
2 de agosto de 2026La transparencia del artículo 50 es exigible.
5 de octubre de 2026Entra en vigor el Real Decreto 723/2026: el empleador debe informar por escrito a sus trabajadores cuando un sistema algorítmico interviene en decisiones laborales.
2 de diciembre de 2026Empiezan a aplicarse las dos prohibiciones nuevas. También vence el plazo del marcado técnico del artículo 50.2 para los sistemas comercializados antes del 2 de agosto de 2026 (nuevo art. 111.4).
2 de diciembre de 2027Alto riesgo del anexo III.
2 de agosto de 2028Alto riesgo integrado en productos regulados (anexo I).

El artículo 50: el que más empresas va a tocar

No tiene el glamur de las prohibiciones ni el músculo del alto riesgo, pero alcanza a más empresas que ninguno. Exige tres cosas: que la persona sepa que interactúa con una IA, salvo que resulte evidente; que el contenido sintético de audio, imagen, vídeo o texto salga marcado en formato legible por máquina; y que las ultrasuplantaciones se declaren como tales. Su incumplimiento se sanciona con hasta 15 millones de euros o el 3 % del volumen de negocio mundial (art. 99.4.g). Para pymes y startups se aplica el importe menor de los dos (art. 99.6), y eso alcanza a todas las multas del artículo, incluidas las del artículo 5. Pero «menor» no es «cero».

Tres startups, tres malentendidos

Ninguna existe, las tres son reconocibles.

01

El chatbot con nombre y foto

Cree que el artículo 50 va de deepfakes. Pero el 50.1 exige informar de que se habla con un sistema de IA, y un asistente con nombre y foto de perfil no es evidente.

02

La herramienta de vídeo de 2025

Respira porque tiene hasta el 2 de diciembre. Ese plazo cubre solo el marcado técnico del 50.2, y solo para sistemas comercializados antes del 2 de agosto de 2026. Y las prohibiciones nuevas no se miden por lo que el modelo puede hacer, sino por las barreras que has puesto.

03

La app de turnos y tareas

Según cómo asigne, puede encajar en los usos de empleo del anexo III, que se han ido a diciembre de 2027. Pero el Real Decreto 723/2026 ya obliga a informar a los trabajadores de cómo funciona el algoritmo. Y esas reglas se las pedirán al proveedor.

«En España todavía no multan»: es verdad a medias

El proyecto de ley orgánica para el buen uso y la gobernanza de la IA, que designa autoridades (con la AESIA a la cabeza) y fija el régimen sancionador, sigue en trámite parlamentario. Pero el reglamento es directamente aplicable, y la obligación no se vuelve opcional porque la multa esté pendiente. Quien primero suele pedir cuentas no es una agencia, sino el inversor en su due diligence o el cliente corporativo con su cuestionario de proveedores. Ninguno espera al BOE.

Qué hacer esta semana

01

Un inventario de una página

Los sistemas de IA que usas o vendes y el papel que tienes en cada uno: proveedor o responsable del despliegue.

02

Pasa tu producto por el artículo 50

¿Se sabe que es IA desde el primer contacto? ¿Lo que genera sale marcado?

03

Prepara la explicación

Si tu producto toca decisiones laborales, ten lista la explicación de cómo funciona: tus clientes te la pedirán desde el 5 de octubre.

“Un aplazamiento no es una amnistía: es un calendario.”

Miriam Acerete · Legal Today

Esto es un resumen. El artículo completo, con los ejemplos y el análisis, está publicado en Legal Today.

Leer el artículo completo en Legal Today →

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Este resumen es información general y no sustituye ni al artículo original ni al asesoramiento sobre tu caso. Para saber qué obligaciones te tocan a ti, mira cómo te acompaño en compliance de IA.

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